domingo, 7 de enero de 2018

La independencia del poder judicial

La impecable resolución dictada unánimemente por tres magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que hacen suyos los argumentos y fundamentos jurídicos del magistrado instructor de la causa que se sigue contra el que fue vicepresidente del gobierno catalán Oriol Junqueras, para mantener su prisión provisional sin fianza, revelan sin duda alguna como el Poder Judicial actúa dentro de parámetros legales sin tener en cuenta (se puede decir, sin importarles) las consecuencias políticas (si es que las puede haber) de sus actos procesales. No cabe otro adjetivo que el de reconocer su independencia que es la garantía de la existencia y pervivencia del Estado de Derecho, que no otra cosa es la España actual, nacida con la Constitución de 1978. Del Ministerio Fiscal, haya seguido o no instrucciones directas del Gobierno, solo se puede decir que continúa cumpliendo con su principal cometido: La defensa de la legalidad y la exigencia de que quienes la vulneran sean encausados, juzgados y de ser condenados que se ejecuten y cumplan sus condenas.
El Auto en cuestión marca una pauta, una senda doctrinal que de ser adoptada en su día por el plenario del TS cuando juzgue en juicio oral y público a los ahora procesados, puede conllevar a una condena por el delito de rebelión, ilícito penal que desde estas páginas siempre hemos mantenido que han cometido todos aquellos que iniciaron y culminaron la vía unilateral secesionista, al sostener que el tipo del delito de rebelión en el Código Penal “incluye” la figura del autogolpe, es decir, el que se efectúa contra la ley, pero desde el Poder (en este caso autonómico), lo que explica que no sea precisa la “violencia” previa para su acceso a él. Es más, nosotros hemos manifestado en varios de nuestros escritos que el concepto (y alcance jurídico) de “violencia” (como uso de la fuerza para conseguir o imponer algo) había ido ampliándose con el paso del tiempo y en el momento actual lo había superado, pues tanto el legislador como la jurisprudencia lo han matizado en supuestos de violencia de género, doméstica, machista, familiar, escolar y contra la mujer al reconocer que existe “la violencia verbal” (tipo amenaza), que puede ser proferida no solo “cara a cara” sino mediante comunicación telefónica, correo, vía telemática en sus diversas variantes, y no son pocas las sentencias dictadas en ese sentido por Juzgados de Instrucción (en juicios de faltas) o Juzgados de lo Penal (en juicios por delitos graves) que han sido confirmadas, en caso de apelación, por las Audiencias Provinciales.
La sinrazón de la postura del separatismo catalán parte de una premisa (en su acepción de “afirmación o idea que se da como cierta y que sirve de base a un razonamiento o una discusión”) falsa, que no es otra que la negación de la legitimidad y/o legalidad de la Nación Española y por ende del Estado Español y su auto convencimiento de la existencia de una “Nación Catalana” con plenos derechos políticos. Ese silogismo (ese razonamiento) lo forman ambas premisas y por el mismo llegan a la conclusión lógica (para ellos) de que “Cataluña no es España” y que “se les debe conceder la independencia” o “la tomarán unilateralmente” (que es lo que han hecho y por lo que sus dirigentes serán juzgados). Es obvio que ante esta “postura” maximalista, falsa, torticera, romántica e idealista no caben razones, ni leyes, ni constituciones ni estatutos de autonomía, ni hay posibilidad de “convencerles de su error”, error que deberá ser desmontado lentamente mediante el desmantelamiento de las infraestructuras que lo sostienen y potencian o con un 155 “de verdad”.
De ahí que el señor Junqueras no renuncia (ni creemos que renunciará) a acatar la ley, pues eso significa desistir expresamente a la vía unilateral para la independencia, y el coro de los separatistas de derechas (convergentes), de izquierdas (republicanos), anarquistas “medio pensionistas” (podemos) y anarquistas de pura raza (Cup) continúan con la perorata de los “presos políticos”, “los porrazos de la policía”, la “falta de legitimidad del 155” y, por extensión, cualquier actuación del Estado dentro del ámbito territorial catalán, con olvido de que desde la aplicación del denostado 155 la administración catalana ha venido funcionando (y así continua) como un reloj, sin necesidad de que Rajoy y sus ministros hayan tenido que desplazarse a Barcelona para sentarse en los sillones de Puigdemont y de sus consejeros (cesados fulminantemente), lo que parece suficiente motivo de reflexión, no solo para ellos sino para toda la ciudadanía, si es que tales personas y tales cargos no son inútiles y por ende susceptibles de ser eliminados y los cuantiosos gastos que conllevan dedicarlos a algo más positivo, por ejemplo al sistema sanitario.
Respecto a la manoseada propuesta de dialogo con la que se llenan la boca, no solo Junqueras y Puigdemont sino el PSOE (Pedro Sánchez), los magistrados en el Auto que venimos comentando son contundentes: Tal apuesta se refiere exclusivamente a la “forma” en la que el estado pudiera “prestarse” a reconocer la independencia.
La prensa catalana adicta y subvencionada por el separatismo se enfada, dice que los “presos” por pensar diferente, son rehenes del Estado y opina (¡bendita libertad de expresión!) que mantener a Junqueras en la cárcel es una “revancha”, “una indecencia” y “una locura” y que ERC no renunciará nunca a sus objetivos políticos y avisa que acudirá a Europa. Como se ve, no son capaces de reconocer que han incumplido las leyes vigentes, que presuntamente han cometido unos graves delitos (sedición y rebelión) penados severamente, y no lo reconocen porque no reconocen a España, pese a formar parte de ella desde hace más de quinientos años. Leer esa prensa (El Punt Avui) es leer una proclama de “guerra larvada”, una constante amenaza de que se continuará infringiendo la legalidad y un desafío en toda regla al Estado.
Para terminar estas “pijaditas” nos vamos a permitir hacer hincapié en las líneas maestras que la Sala del Tribunal Supremo ha marcado respecto del delito de rebelión (el de sedición es clarísimo, no discutible) por el que están encausados, no solo Oriol Junqueras, sino los demás consejeros del gobierno catalán, su presidente Puigdemont y sus “escuderos” en Bruselas. A nuestro entender son ocho:
  1. Plan organizado para la rebelión y lograr la independencia de Cataluña, expulsando a continuación a los funcionarios del Estado, a los militares y fuerzas de seguridad en aquel territorio destinados, ocupando aduanas, fronteras y aeropuertos, lo que no podría llevarse a efecto sin “actos violentos”.
  2. Incitación a la violencia, pese a que pretendieran movilizaciones pacificas, pues era lógico y natural que actuando ilícitamente (desacatando las sentencias del TC) el Estado tendría que reaccionar.
  3. Se puso en peligro a millones de ciudadanos al llamar e incitar a votar a un referéndum ilegal, a sabiendas de que podía haber actos de violencia, pues era de sentido común que el Estado tendría que actuar para impedir actos contrarios a la ley, como ya había anunciado aneriormente.
  4. Los procesados constituían un grupo coordinado con poder, pues no actuaban aisladamente sino coordinadamente para conseguir su objeto de proclamar unilateralmente la independencia tras el referéndum, a la que se llegaría aunque se opusiera el Estado, o sea, situándose fuera del Estado.
  5. Sabían que el Estado respondería para hacer cumplir la ley y que si incitaban a sus partidarios a movilizarse en la calle con la finalidad de reforzar sus actuaciones y “forzar al Estado” a aceptar la independencia era previsible que se produjeran actos violentos en defensa de la declaración de independencia.
  6. El estado no lo iba a permitir, según argumentan los magistrados, pues es inaceptable que los miembros del gobierno catalán creyeran seriamente que era el Estado y no ellos quien se situaba fuera de la Ley y que la proclamación de independencia suponía una alta probabilidad de enfrentamiento físico con episodios inevitables de violencia.
  7. Produjeron desasosiego e intranquilidad, tanto en Cataluña como en el resto de España, al prescindir de las reglas democráticas para intentar imponer por la fuerza sus propias ideas.
  8. Tergiversaron el Estado de Derecho al hacer creer (los gobernantes) a sus partidarios que les amparaba el derecho al voto para conseguir su objetivo, pese a que democráticamente no puede sostenerse la existencia de un supuesto derecho de voto fuera de cualquier cauce legal, cuando es la ley precisamente la que aporta seguridad, igualdad, garantías y efectividad a su mismo ejercicio.
Los magistrados acusan a Junqueras y el resto de miembros del ex Gobierno catalán de “tergiversar” y “trastocar” los principios elementales del Estado de Derecho. “Es inaceptable pretender confundir al ciudadano con afirmaciones referentes a que quienes incumplían la ley eran los agentes y no quienes acudían a votar ilegalmente y quienes les habían conducido a ello”.
Bueno, antes de bajar el telón ¿definitivamente? de esta mala comedia/tragedia catalana, solo nos falta conocer que es lo que van a hacer en estos próximos días los huidos en Bélgica que, en estos momentos, ante la seguridad de que si vuelve a España van a ir de cabeza a la cárcel, están intentando “amarrar” el tema económico para sostenerse en ese pretendido exilio político que previsiblemente va a ser largo, muy largo. Si no consiguen los fondos suficientes para sostenerse, no deben preocuparse: La prisión es a pensión completa y gratis total.

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